Estado, responsable de la muerte del magistrado auxiliar Jorge Echeverry en toma al Palacio de Justicia
Durante el holocausto del Palacio de Justicia en 1985.
La Subsección C de la Sección Tercera del Consejo de Estado declaró la responsabilidad patrimonial del Estado en la muerte de Jorge Alberto Echeverry Correa, magistrado auxiliar de la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia durante el holocausto del Palacio de Justicia en 1985.
La Corporación determinó que la muerte del funcionario judicial se produjo por causas concurrentes.
"Por una parte, la toma irracional, violenta, indiscriminada y terrorista del Palacio de Justicia por parte del grupo subversivo M-19, que irrumpió inconvencional y violentamente en la sede judicial, retuvieron como rehenes a magistrados y funcionarios, los utilizaron como escudos humanos y accionaron cargas explosivas al interior del recinto".
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Y por la otra parte, "por la omisión en el cumplimiento de los deberes de seguridad y protección del Estado y por el uso excesivo y desproporcionado de las fuerzas del orden durante la retoma".
El Consejo de Estado enfatizó que la toma del Palacio de Justicia no puede ser interpretada como una hazaña política ni como un acto de rebeldía heroica, sino "más bien esta constituyó tal vez la afrenta más grave al Estado de Derecho desde la fundación de la República, la amenaza más decidida contra la institucionalidad democrática y contra la majestad de la justicia, piedra angular de la estabilidad social y de lo que une a los colombianos como Nación".
El Consejo de Estado estableció responsable patrimonial al Ministerio de Defensa y lo condenó a pagar por los perjuicios morales y lucro cesante a favor de los familiares del magistrado auxiliar fallecido.
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Asimismo, ordenó publicar la providencia en un medio de amplia circulación y realizar un acto público de perdón, en el que, con el propósito de contribuir a la verdad, se dé lectura al fallo.
Por último, se exhortó a la cartera "a repetir en contra del M-19 como organización o colectivo, los autores por responsabilidad de mando y/o los directos perpetradores en la proporción causal en que contribuyeron a producir el daño, en tanto el movimiento subversivo con el ataque a la sede judicial contribuyó causalmente en la muerte del magistrado auxiliar".